Incluye lo imprescindible y más cosas convenientes
Coberturas 🠗
Garantizamos la prestación de un servicio fúnebre completo de acuerdo a las costumbres vigentes en cada localidad y que consta, según los casos, y a título enunciativo, con los siguientes elementos:
✔ Arca fúnebre.
✔ Montaje del servicio y capilla ardiente.
✔ Acondicionamiento del cadáver.
✔ Certificaciones oficiales.
✔ Gastos de inhumación o incineración.
✔ Coche de acompañamiento.
✔ Corona de flores.
✔ Servicios religiosos.
✔ Sala Tanatorio o Tanatosala.
✔ Sepultura o nicho, temporal.
✔ Lápida e inscripción.
Cualquiera de los servicios incluidos en la prestación del servicio fúnebre pueden ser elegidos en el momento de la prestación.
El seguro garantiza también un servicio fúnebre especial en caso de fallecimiento de los hijos del asegurado, si ocurriese durante el periodo de gestación o antes de cumplir 30 días de edad. A partir de dichos das deberá estar dado de alta en la póliza para tener derecho al servicio fúnebre que corresponda.
Con el servicio de asistencia en traslados Caser se hace cargo de los gastos incurridos por el traslado del asegurado fallecido en cualquiera de los siguientes tipos de traslados.
✔ TRASLADO NACIONAL: Desde el lugar de fallecimiento (Dentro del territorio nacional) al domicilio que figure en la póliza.
✔ TRASLADO INTERNACIONAL: Desde el lugar de fallecimiento (Fuera del territorio nacional) al domicilio que figure en la póliza.
✔ TRASLADO DISCRECCIONAL: Desde el lugar de fallecimiento en cualquier lugar del mundo al cementerio o planta de incineración de libre elección dentro de España.
Con la Asistencia en Viajes todos los asegurados incluidos en el seguro podrán beneficiarse de los siguientes servicios en sus desplazamientos por España y el extranjero:.
EN ESPAÑA:
✔ Traslado de un acompañante en caso de fallecimiento del asegurado en el territorio nacional no peninsular
✔ Traslado en ambulancia en caso de accidente producido a más de 30km del domicilio habitual del asegurado.
EN EL EXTRANJERO:
✔ Traslado de un acompañante en la repatriación de un asegurado fallecido.
✔ Repatriación sanitaria en caso de accidente o enfermedad grave.
✔ Gastos médicos de urgencia a consecuencia de un accidente o enfermedad grave.
✔ Envío de medicamentos de interés vital.
✔ Envío de médico especialista por accidente o enfermedad.
✔ Consulta médica a distancia.
✔ Depósito de fianza judicial por accidente de circulación.
✔ Asistencia a menores.
✔ Regreso anticipado en viaje por fallecimiento de familiar o incendio del domicilio habitual.
✔ Información en viajes al extranjero.
✔ Transmisión de mensajes urgentes.
Para poder beneficiarse de la asistencia en viaje en el extranjero el asegurado deberá tener su domicilio en España y residir habitualmente en él. El tiempo de permanencia fuera de dicha residencia habitual, no podrá exceder los 90 das por viaje o desplazamiento.
Garantizamos un capital de 6.000 euros para todos los asegurados incluidos en el seguro que a causa de un accidente fallezcan o sufran una invalidez absoluta y permanente total o parcial.
No estarán cubiertos con esta garantía los asegurados menores de 18 años y mayores de 70 para la garantía de invalidez.
En caso de fallecimiento del asegurado el cónyuge o los familiares de primer grado recibirán asistencia psicológica para la gestión del duelo, si así lo desean.
✔ Durante los seis meses siguientes al fallecimiento.
✔ Un solo familiar por asegurado.
✔ Seis sesiones presenciales.
✔ Caser hará la gestión del servicio comprometiéndose a presentar al menos a un psicólogo de la provincia del solicitante.
✔ Baja. ✔ Auxilio por Defunción. ✔ Altas del Cónyuge. ✔ Altas de otros beneficiarios. ✔ Anotación en el Libro de Familia. ✔ Tramitación de Viudedad y Orfandad. ✔ Copias del último testamento. ✔ Declaración de herederos "ab inestato". ✔ Apertura del testamento. ✔ Determinación del caudal hereditario. ✔ Adjudicación y partición de la herencia. ✔ Tramitación de la carta de pago. ✔ Liquidación del impuesto de sucesiones y otros. ✔ Inscripciones en el registro.
Garantizamos la asistencia post-mortem a los familiares directos de los asegurados, en lo relativo a asuntos tales como:
✔ Obtención de la partida de defunción.
✔ Tramitación de la Baja en el Libro de Familia.
✔ Tramitación de la Baja de Pensiones del I.N.S.S.
✔ Tramitación de la pensión de Viudedad y Orfandad.
✔ Adjudicación de la herencia a los herederos.
✔ Pago del impuesto de sucesiones y donaciones.
✔ Obtención de becas de estudio oficiales para hijos del fallecido/a.
✔ Actuaciones cuando existan contratos de arrendamiento.
✔ Reclamaciones de terceros.
✔ Certificado de convivencia.
GESTIÓN DEL PROCESO SUCESORIO
Se garantizan las siguientes prestaciones en relación al proceso sucesorio del asegurado.
✔ Asesoramiento jurídico al asegurado sobre el otorgamiento de testamento, en caso que con posterioridad desee otorgarlo ante notario, asumiremos el reembolso de dicho coste, hasta un máximo de 100 euros.
✔ Atención personalizada a los beneficiarios.
✔ Obtención de todos los certificados necesarios (defunción, nacimiento, matrimonio o convivencia, fe de vida, registro de actos de últimas voluntades, y certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento).
✔ Trámites en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (Baja, auxilio por defunción, altas del cónyuge, y altas de otros beneficiarios).
✔ Anotación del fallecimiento en el Libro de Familia.
✔ Tramitación de pensiones de viudedad y orfandad.
✔ Asesoramiento en la tramitación sucesoria no litigiosa (copia del último testamento, declaración de herederos ab intestato, apertura del testamento, determinación del caudal hereditario, y adjudicación y partición de la herencia.
✔ Tramitación de la carta de pago.
✔ Liquidación del impuesto de sucesiones y demás obligaciones fiscales.
✔ Gestión de las inscripciones registrales necesarias.
✔ En las prestaciones antes señaladas Caser solo asumirá los costes de honorarios de abogados, de gestores administrativos, tasas por la obtención de certificados, gastos de desplazamiento y mensajera, y los honorarios del procurador cuando fuera preceptivo.
Devolución del 25% de los importes netos (solo en CASER Decesos Familiar y descontados los impuestos) satisfechos, siempre que:
* La póliza se encuentre en vigor.
* Hayan transcurrido 3 años desde la fecha en que toma efecto el seguro.
* Todos los recibos estén pagados.
* No se haya efectuado prestación alguna desde el inicio.
* Que el Tomador solicite expresamente la devolución.
Con este servicio en caso de fallecimiento del asegurado y a petición de sus familiares, nos encargamos de eliminar la presencia digital del asegurado en Internet. Este servicio incluye las siguientes acciones:
✔ Baja en cuentas de correo electrónico.
✔ Baja de los perfiles creados en las Redes Sociales en las que estuviese dado de alta
✔ >Eliminación de las apariciones no deseadas en Internet.
Si tras la petición de baja, un registro no pudiera ser eliminado a través de este servicio, éste no incluye el inicio de ninguna medida judicial o extrajudicial posterior.
Ponemos a tu disposición una serie de servicios complementarios que no te va a ofrecer ninguna otra compañía.
✔ Orientación psicológica.
✔ Gestión ante el INSS.
✔ Orientación jurídica telefónica.
Este servicio ofrece orientación y apoyo a los familiares del fallecido en caso de situaciones que surjan como consecuencia de dicho fallecimiento.
Este servicio está dirigido a asuntos como vivienda, consumo, derecho laboral, fiscal, familia o derecho penal.
El servicio se presta a los familiares y herederos legales para las siguientes materias:
✔ Sucesiones.
✔ Pensiones.
✔ Becas.
✔ Certificados.
✔ Contratos de seguros.
EXCLUSIONES
En ningún caso, este servicio significa la implicación o la participación o la implicación de Caser.
Esto significa que Caser ofrece el asesoramiento en las materias antes señaladas pero no incluye la gestión de los procesos que se deriven de las mismas, tale como gestión de contratos, facturas o documentos.
La tranquilidad de las cosas bien hechas
Desde el primer momento, aunque vengas de otra compañía